FBAR: Pentalties Civiles
IRS FBAR FAQ # 15 (publicado en 06/05/09) establece lo siguiente: Los contribuyentes que no reporten banco extranjero / cuentas financieras se enfrentan penas civiles (basado en la declaración de impuestos por la entidad).
¿Cuáles son algunas de las sanciones civiles que se podrían aplicar si no vienen en virtud de la divulgación voluntaria y el IRS me encuentra? ¿Cómo funcionan?
El siguiente es un resumen de los requisitos de información posibles y las sanciones civiles que se podría aplicar a un contribuyente, en función de sus hechos y circunstancias particulares.
• Una multa por no presentar el formulario TD F 90-22.1 (Informe del Banco Exterior y Cuentas Financieras, comúnmente conocida como "FBAR"). Ciudadanos estadounidenses, residentes y algunos de otras personas al año deben reportar su interés financiero directo o indirecto, o la autoridad de firmar (o cualquier otra autoridad que es comparable a la autoridad de la firma) a lo largo, una cuenta financiera que se mantiene con una institución financiera ubicada en un país extranjero país si, para cualquier año calendario, el valor agregado de todas las cuentas en el extranjero superó los US $ 10.000 en cualquier momento durante el año. En general, la pena civil por incumplir deliberadamente a presentar una FBAR puede ser tan alto como el porcentaje mayor de $ 100,000 o el 50 del total del saldo de la cuenta en el exterior. Véase 31 USC § 5321 (un) (5). Violaciónes Nonwillful están sujetos a una sanción civil de no más de $ 10.000.
• Una multa por no presentar el Formulario 3520, Declaración Anual de reportar operaciones con fideicomisos Exteriores y Recepción de ciertos dones Exteriores. Los contribuyentes también deben informar sobre las transacciones que involucran diversos fideicomisos extranjeros, incluyendo la creación de un fideicomiso extranjero por una persona de los Estados Unidos, las transferencias de propiedad de una persona de Estados Unidos a un fideicomiso extranjero y la recepción de las distribuciones de fideicomisos extranjeros en virtud del artículo 6048. Este retorno también se informa de la recepción de los regalos de las entidades extranjeras bajo la sección 6039F. La pena por no haber presentado cada una de estas declaraciones informativas, o por presentar una declaración incompleta, es del 35 por ciento del importe bruto de notificación obligatoria, excepto para las devoluciones de informes regalos, donde la pena es de cinco por ciento de la donación por mes, hasta un pena máxima de 25 por ciento de la donación.
• Una multa por no presentar el Formulario 3520-El regreso de la Información, de la confianza de Relaciones Exteriores con un propietario de EE.UU.. Los contribuyentes también deben informar de las participaciones en fondos extranjeros, por personas de Estados Unidos con intereses diversos y poderes sobre esos fideicomisos bajo la sección 6048 (b). La pena por no haber presentado cada una de estas declaraciones de información o para presentar una declaración incompleta, es de cinco por ciento del valor bruto de los activos del fideicomiso decididos a ser propiedad de bythe persona de Estados Unidos.
• Una multa por no presentar el Formulario 5471, Declaración de Información de la Persona de EE.UU. con respecto a ciertas empresas extranjeras. Algunas personas de Estados Unidos que son funcionarios, directores o accionistas de determinadas empresas extranjeras (incluidas las empresas comerciales internacionales) están obligados a reportar la información en las secciones 6035, 6038 y 6046. La pena por no haber presentado cada una de estas declaraciones informativas es de $ 10.000, con un adicional de $ 10.000 por cada mes añadido el fracaso sigue partir de los 90 días después de que el contribuyente es notificado de la delincuencia, hasta un máximo de $ 50.000 por cada declaración.
• Una multa por no presentar el Formulario 5472, Declaración de Información de un 25% corporación extranjera de EE.UU. o una corporación extranjera dedicada a industria de EE.UU. o de negocios. Los contribuyentes pueden ser obligados a reportar transacciones entre un 25 por ciento de propiedad extranjera corporación doméstica o una empresa extranjera dedicada a industria o negocio en los Estados Unidos y una parte relacionada como es requerido por las secciones 6038A y 6038C. La pena por no haber presentado cada una de estas declaraciones de información, o para mantener los registros de determinados datos relativos a las transacciones reportables, es de $ 10.000, con un adicional de $ 10.000 añadido por cada mes que el fracaso sigue partir de los 90 días después de que el contribuyente es notificado de la delincuencia, hasta un máximo de $ 50.000 por cada declaración.
• Una multa por no presentar el Formulario 926, el retorno por el cedente de EE.UU. de propiedad de una corporación extranjera. Los contribuyentes están obligados a reportar las transferencias de propiedad a las empresas extranjeras y otra información en la sección 6038B. La pena por no haber presentado cada una de estas declaraciones informativas es el diez por ciento del valor de la propiedad transferida, hasta un máximo de 100.000 dólares por cada declaración, sin límite, si la falta de información de la transferencia fue intencional.
• Una multa por no presentar el Formulario 8865, la repatriación de los Estados Unidos con respecto a determinados Asociaciones Exteriores. Personas de Estados Unidos con ciertos intereses en sociedades extranjeras utilizar este formulario para informar de los intereses en las transacciones y de las asociaciones de extranjeros, las transferencias de propiedad a las asociaciones extranjeras, y adquisiciones, disposiciones y cambios en las participaciones en una sociedad extranjera bajo las secciones 6038 y 6038B y 6046A. Las sanciones incluyen 10.000 dólares por no presentar a cada vuelta, con un adicional de $ 10.000 agregado por cada mes que el fracaso sigue partir de los 90 días después de que el contribuyente es notificado de la delincuencia, hasta un máximo de $ 50.000 por cada declaración, y el diez por ciento del valor de cualquier bienes transferidos que no se informa, sujeto a un límite de $ 100.000.
• Las sanciones impuestas de fraude en las secciones 6651 (f) o 6663. Cuando un pago incompleto del impuesto, o la falta de una declaración de impuestos, es debido al fraude, el contribuyente es responsable de las sanciones que, aunque calcula de forma diferente, en esencia equivale a 75 por ciento de los impuestos no pagados.
• Una multa por no presentar una declaración de impuesto establecido en la sección 6651 (a) (1). En general, los contribuyentes están obligados a presentar declaraciones de impuestos. Si un contribuyente no lo hace, una pena de 5 por ciento del saldo adeudado, más un adicional de 5 por ciento por cada mes o fracción del mismo durante el cual el fallo sigue puede ser impuesta. La pena no excederá del 25 por ciento.
• Una multa por no pagar el monto del impuesto aparece en la declaración en la sección 6651 (a) (2). Si un contribuyente no paga la cantidad de impuestos que se muestra en la vuelta, él o ella puede ser responsable de una multa de 0,5 por ciento de la cantidad de impuesto que se indica en la declaración, además de un 0,5 por ciento adicional por cada mes o fracción adicional la misma que la cantidad sigue pendiente de pago, que no exceda de 25 por ciento.
• Una multa relacionada con la exactitud de los pagos insuficientes impuestas en virtud del artículo 6662. Dependiendo de qué componente de la pena relacionada con la precisión es aplicable, el contribuyente puede ser responsable de una multa del 20 por ciento por ciento o 40.





